Ya sabéis que el día 6 de diciembre es festivo porque cumple años nuestra Constitución. Este será el reto de esta semana, ¿a ver qué sois capaces de decirme sobre este día, la Constitución, quién la firmó, por qué se la conoce como la Pepa, la de 1978 es la primera o hay más, qué artículos son más importantes para vosotros...?

8 comentarios:
La Constitución Española de 1812 conocida popularmente como La Pepa o La Constitución de Cádiz, fue promulgada por las Cortes Generales de España, reunidas en Cádiz, el 19 de marzo de 1812. Las Cortes estuvieron compuestas por más de trescientos diputados, de los cuales unos sesenta fueron americanos. Se le ha otorgado una gran importancia histórica por tratarse de la primera Constitución promulgada en España. Respecto al origen de su nombre, La Pepa, es debido a que fue promulgada el día de San José. Fue publicada tres veces en España, en 1812, en 1820 y en 1836.
El curioso nombre con que se conoce a la primera constitución que ha tenido España en su historia tiene su origen en la fecha en que fue promulgada: el 19 de marzo de 1812, el día del Padre y festividad de San José. Y es que la constitución, al ser un término femenino, y conocerse a quienes se llaman Jose como Pepe, pues finalmente el pueblo español decidió llamarla cariñosamente "la Pepa".La constitución de Cádiz tuvo una vigencia muy corta, tan solo dos años, exactamente hasta el 4 de mayo de 1814, cuando el rey Fernando VII volvió a ocupar el trono, sin embargo se la considera una de las más liberales de su tiempo. De hecho establecía una monarquía constitucional, la soberanía nacional y una separación de poderes como bases del estado. Sin embargo, por muy liberal que fuera para la época, las mujeres seguían estando en un segundo plano: solo podían votar los hombres. el sufragio universal masculino. Y proclamaba el Estado completamente confesional, sin derecho a la libertad religiosa. En cualquier caso, con esta proclama, la soberanía que hasta el momento había correspondido al Rey y que le daba poder pleno y supremo sobre el estado, pasaba a la Nación como ente supremo representado en los diputados.
En 1814 volvió el absolutismo de la mano de Fernando VII, pero el poso democrático que dejó la Pepa perduraría durante decenios y sentaría las bases de otras constituciones.
María Dolores Morillas Ortega
La constitución es la ley fundamental por la que se rige el sistema de gobierno de un país, pero al mismo tiempo, también es el libro que contiene el texto articulado de esa ley fundamental.
La Constitución de 1978 es la primera que se alcanza en España por conseso, a esto se le suma una vigencia, hecho único en la historia de España.
Algunos de sus artículos son:
ARTÍCULO 14.
- Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
ARTÍCULO 15.
- Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
ARTÍCULO 47.
- Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España,2 en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.3
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada transición a la democracia, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior jefe de Estado, el general y dictador Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un «Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político», tal y como proclama el título preliminar de la Carta Magna.4 En él también se afianza el principio de soberanía popular,5 y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno.6
el Día de la Constitucion es un tiempo de celebración, de exaltación de la labor de las distintas fuerzas que en un momento difícil para el país supieron encontrar un equilibrio adecuado para el avance de la democracia y de la calidad de vida de todos los españoles.Una larga historia democrática.Es un momento para la reflexión de lo que ha sido nuestra época democrática y un día para la esperanza de un futuro mejor.
La Constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812, el día de San José, por lo cual es conocida también por el nombre de "La Pepa", y es la ley fundamental por la que se rige el gobierno de un determinado país.
En España ha sido publicada tres veces, en el año 1812, en el 1820 y en el 1836.
Uno de mis artículos preferidos es el artículo 14, ya que habla de la igualdad entre todos los españoles, y considero que es un tema muy importante.
"-Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."
La Constitución establece una organización territorial basada en la autonomía de municipios, provincias y comunidades autónomas,7 rigiendo entre ellos el principio de solidaridad.8 9 Tras el proceso de formación del Estado de las Autonomías, las comunidades autónomas gozan de una autonomía de naturaleza política que configura a España como un Estado autonómico.10 Las entidades locales, como los municipios y las provincias, gozan de una autonomía de naturaleza administrativa, cuyas instituciones actúan en conformidad con criterios de oportunidad dentro del marco legal fijado por el Estado y las comunidades autónomas.11
El rey es el jefe del Estado, figura que desempeña funciones de naturaleza eminentemente simbólica y que carece de poder efectivo de decisión.12 Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez depende del refrendo de la autoridad competente que, según el caso, es el presidente del Gobierno, el presidente del Congreso de los Diputados, o un ministro.13
La división de poderes, idea fundamental en el pensamiento liberal, es establecida implícitamente por el texto constitucional.14 En la base, la soberanía nacional permite la elección, por sufragio universal (varones y mujeres, mayores de 18 años),15 de los representantes del pueblo soberano en las Cortes Generales, configuradas a modo de un bicameralismo atenuado, integrado por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas cámaras comparten el poder legislativo, si bien existe una preponderancia del Congreso de los Diputados, que además es el responsable exclusivo de la investidura del presidente del Gobierno, y su eventual cese por moción de censura o cuestión de confianza. No obstante, tanto el Congreso como el Senado ejercen una tarea de control político sobre el Gobierno mediante las preguntas e interpelaciones parlamentarias.
Cristóbal Torres Gómez
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada transición a la democracia, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior jefe de Estado, el general y dictador Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un «Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político», tal y como proclama el artículo primero (título preliminar) de la Carta Magna. En él también se afianza el principio de soberanía popular, y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno.
Manuel Jesús Fernández Ríos 2ºA
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